TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE ASBESTO EN VENEZUELA
Transporte de asbesto en Venezuela
El transporte de desechos de asbestos se realiza desde el sitio de generación hasta el sitio de disposición final, siguiendo los protocolos autorizados por la Dirección General de Salud Ambiental y transportados siguiendo las normativas y procedimientos respectivos.
Una vez adecuadas, las laminas son transportadas de manera segura hasta el Centro Integral de Manejo de Desecho a bordo de los vehículos de la flota CESSA, previamente permisados y certificados por el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo para tales fines.
Disposición final de asbesto en Venezuela
El procedimiento denominado Relleno de Seguridad consiste en depositar las laminas y material con contenido de Asbesto en fosas construidas especialmente bajo especificaciones determinadas. El material alli depositado sera cubierto y sepultado bajo condiciones dispuestas dentro de la normativa ambiental.
Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios del 22 de marzo 1989.
Conscientes de que los desechos peligrosos y otros desechos y sus movimientos transfronterizos pueden causar daños a la salud y al medio ambiente, Teniendo presente el peligro creciente que para la salud humana y el medio ambiente representan la generación y la complejidad cada vez mayores de los desechos peligrosos y otros desechos, así como sus movimientos transfronterizos, Teniendo presente también que la manera mas eficaz de proteger la salud humana y el medio ambiente contra los daños que entrañan tales
desechos consiste en reducir su generación al mínimo desde el punto de vista de la cantidad y de los peligros potenciales Convencidas de que los Estados deben tomar las medidas necesarias para que el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos, incluyendo sus
movimientos transfronterizos y su eliminación sea, compatible con protección de la salud humana y el medio ambiente cualquiera que sea el lugar de su eliminación, Tomando nota de que los Estados tienen la obligación de velar por que el generador cumpla sus funciones con respecto al transporte y la eliminación de los desechos peligrosos y otros desechos de forma compatible con la protección de la salud humana y el medio ambiente, sea cual fuere el lugar en que se efectúe la eliminación, Reconociendo plenamente que todo estado tiene el derecho soberano de prohibir la entrada o eliminación de desechos peligrosos y otros desechos ajenos a su territorio.
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